El Pleno aprueba una ordenanza que regula las terrazas en el municipio

El Pleno del Ayuntamiento de Güímar aprobó ayer [martes 5 de mayo] de forma definitiva la ordenanza que regula las terrazas en el municipio. Este texto, aprobado por unanimidad y consensuado por los hosteleros y vecinos, contempla un plazo de adaptación de un año a partir de su entrada vigor.

El concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Güímar, Pedro Daniel Pérez (PP), destaca que se trata de una medida fundamental para controlar la ocupación del dominio público mediante la colocación de sillas, mesas y otros elementos auxiliares, con el fin de garantizar la convivencia entre la actividad privada y los vecinos.
Esta ordenanza establece que el horario de las terrazas, del 1 de julio al 30 de septiembre, será de domingo a jueves de 7 de la mañana a 12 de la noche, ampliándose los viernes, sábados y vísperas de festivos hasta la 1 de la madrugada. Mientras que el resto del año será de 7 de la mañana hasta las 23.30 horas, excepto los viernes, sábados y vísperas de festivos que se ampliará hasta las 00.30. Además el titular del establecimiento dispondrá de media hora para retirar todos los elementos de la terraza, evitando cualquier ruido provocado por el arrastre de mesas y sillas.
En relación a la estética, el Ayuntamiento establecerá los criterios estéticos y de ornato, pudiendo prohibir o rechazar la colocación de aquellas instalaciones, elementos o mobiliario, que, por su diseño, calidad, características constructivas o color considere técnica y/o estéticamente inadecuados.
Además las mesas y sillas se colocarán, como norma general, frente a la fachada del establecimiento a una distancia de 1,5 metros, siempre y cuando la normativa sobre accesibilidad lo permita. Aunque se contempla, de forma excepcional, la ocupación con otras distribuciones respetando los accesos. Queda además prohibido el uso de este espacio para otros fines que no sea la terraza como el almacenaje (del mobiliario de la terraza), excepto en el caso de que se acredite que se carece de espacio en el interior del establecimiento y se disponga de una autorización.
La ordenanza además contempla infracciones de hasta 3.000 euros, según la gravedad de la infracción, considerándose como tales la falta de limpieza en la instalación o en su entorno, no retirar el mobiliario dentro del plazo de 30 minutos establecido, la instalación de mesas y sillas sin autorización y la instalación de instrumentos o equipos musicales que ocasionen molestias a los vecinos.

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