Abierto el plazo de inscripción para participar en la Gala de Elección de la Reina de las Fiestas Patronales de San Pedro 2019

La Concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Güímar ha publicado las bases e inscripciones para formar parte de la Gala de Elección de la Reina de las Fiestas Patronales de San Pedro Apóstol 2019, que se desarrollarán durante el próximo mes de junio.

De este modo, aquellas personas interesadas en participar en el certamen, podrán formalizar su inscripción hasta el viernes 31 de mayo. La entrega y presentación de las mismas deberá realizarse acudiendo al Registro del Ayuntamiento de Güímar.



A continuación, dejamos a su disposición las bases y anexos que han de regir el certamen de la Gala de Elección de la Reina de las Fiestas Patronales de San Pedro Apóstol 2019:

I.- OBJETO

El objeto de las presentes Bases es regular el certamen de la gala de elección de la reina de las FIESTAS PATRONALES DE S. PEDRO APÓSTOL 2019.

II.- REQUISITOS Y CONDICIONES

Podrán presentar candidatas, cualquiera de las Entidades sin ánimo de lucro, Sociedades Recreativas y Asociaciones de Vecinos, así como aquellas empresas que lo deseen siempre que lo hagan como patrocinadoras de aquellas, radicadas en este municipio. Solo podrá presentarse una candidata por cada entidad o asociación.

Las candidatas deberán reunir las condiciones que a continuación se relacionan:

+ Tener 16 años como mínimo cumplidos antes de la celebración de la Gala.

+ Representar a Entidades radicadas en el mismo.

+ No haber concurrido como candidata a Reina de Las Fiestas Patronales de San Pedro Apóstol el año anterior.

+ Presentar título de la E.S.O. o certificado de matrícula del presente curso escolar.

III. CONVOCATORIA E INSCRIPCIÓN-

Podrán presentarse como máximo 12 candidatas. En caso de existir un número superior de aspirantes, se tendrán por aceptadas las 12 primeras según estricto orden de registro de entrada. Se tendrá en cuenta que cumplan con el resto de requisitos establecidos en las presentes bases.

Las solicitudes se formalizarán en los impresos oficiales específicamente elaborado por el Ayuntamiento de Güímar, que figuran como anexo.

Si la candidata es menor de edad deberá contar con el consentimiento de padre/madre/tutor legal (ANEXO II).

Cada año se elegirá un diseñador diferente del Colectivo Tenerife Moda Diseñadora, para el diseño de los vestidos, maquillaje y peluquería.

IV.- PLAZO

El plazo de presentación de inscripción hasta el 31 de mayo de 2019, pudiendo presentarse las solicitudes en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento.

V.- OBLIGACIONES DE LAS ASPIRANTES
Todas las candidatas se comprometen a intervenir activamente en todos aquellos actos, ensayos y reuniones que se prevea por el ayuntamiento, previos a la gala en los que en Ayuntamiento estime oportuna su presencia, con la vestimenta que en su momento se fije por el Ayuntamiento en atención a la naturaleza del acto a celebrar, debiendo asistir con antelación que estime la organización y cumplir rigurosamente los horarios.
Las candidatas que resulten elegidas estarán obligadas a representar al Ayuntamiento de Güímar en cuantos actos se programen, siendo de obligado cumplimiento acudir a los mismos.
El Ayuntamiento facilitará el programa de actos a los que deben asistir las candidatas pudiendo ser modificado por causa de cambios de programación, que será notificado con tiempo suficiente. Igualmente se les hará saber el tipo de vestimenta que deberán llevar a cada acto.
El acto de presentarse a este concurso otorga al Ayuntamiento de Güímar la autorización de todas las candidatas a utilizar su imagen (video, fotografía, etc.,) en cualquier medio de difusión que el Ayuntamiento crea oportuno entendiendo que el Ayuntamiento no se hará responsable por la difusión de una imagen de un menor de edad. Aceptando estas bases del concurso los padres o tutores legales dan el consentimiento al Ayuntamiento para su utilización eximiéndole de toda responsabilidad.
Cada candidata deberá desfilar ataviada con el vestuario, maquillaje y peluquería que decida la organización del evento.

El incumplimiento de alguna de estas obligaciones sin justificación suficiente podrá dar lugar a la exclusión de la candidata o desposeída de su título.



VI.- ORDEN DE SALIDA Y ELECCIÓN.

El orden de salida de las aspirantes a Reina de las Fiestas durante la celebración del concurso se determinará mediante sorteo previo, en el lugar y fecha que señale el Ayuntamiento. La Reina y sus Damas de Honor se elegirán en el transcurso de la Gala que se organizará a tal fin, cuya fecha de celebración se comunicará con la debida antelación a todas las candidatas participantes. Cada candidata deberá desfilar durante la Gala en el orden de salida establecido previamente por sorteo. La elección de la Reina de las Fiestas y de sus Damas de Honor se realizará por un jurado calificador durante el transcurso de la Gala.

VII. – JURADO DELIBERACIÓN Y FALLO.

El Jurado calificador para la elección de la REINA DE LAS FIESTAS DE SAN PEDRO APÓSTOL, y a sus CUATRO DAMAS DE HONOR estará formado por los miembros que designe al efecto el Excmo. Ayuntamiento el Ayuntamiento, no debiendo estar compuesto por un número inferior a cinco.

El/la Presidente/a del Jurado será un miembro del mismo designado por el Ayuntamiento, su función primordial consistirá en la apertura y cierre de las deliberaciones y en la dirección y coordinación de los debates.

La Mesa del Jurado contará también con un/a secretario/as, con voz pero sin voto, elegido entre el personal del Ayuntamiento, que levantará el Acta.

Cada miembro del jurado tendrá un acta de recogida de datos, donde asignará una puntuación a cada una de las candidatas, anotándola en la casilla que figura junto al nombre de la misma. No podrá haber casillas sin puntuar.

La puntuación otorgada por el Jurado estará referida fundamentalmente al conjunto armónico de elegancia, simpatía, desenvoltura, belleza, fotogenia, saber estar, etc.

Se sumará un punto a la puntuación total, a aquellas candidatas que posean el título de Educación Secundaria Obligatoria o estén en proceso de obtenerlo.

Las votaciones, serán anónimas y el procedimiento estrictamente objetivo, realizándose una valoración de las candidatas en una escala de puntuación del uno al doce, siendo la elegida para Reina la aspirante que reciba una puntuación más alta y en orden sucesivo, las damas de honor. En caso de empate, el jurado realizará una puntuación global de las aspirantes con puntuación más alta para proceder a la elección de ésta.

El/la Secretario/a del Jurado recopilará de los miembros del jurado las puntuaciones otorgadas a cada una de las candidatas, una vez contabilizadas las puntuaciones, con los resultados obtenidos confeccionará el acta, que leerá ante los miembros del Jurado, para que estos den su conformidad, una vez logrado el acuerdo, todos los miembros del Jurado firmarán el acta.

El fallo del jurado será inapelable.

VII.- ACEPTACIÓN IMPLICITA

La participación en el concurso lleva implícita la aceptación de las presentes bases y demás normas interpretativas que de las mismas se dicten en su ejecución. Asimismo, conlleva la cesión del derecho a la obtención de imágenes y su divulgación en los medios de difusión que el Ayuntamiento estime oportunos.

Los padres o tutores legales de aquellas candidatas que sean menores de edad deberán dar el consentimiento al ayuntamiento para su utilización eximiéndole de responsabilidad (ANEXO II).

VIII.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.

El Ayuntamiento de Güímar se reserva la facultad de interpretar las presentes bases

Para acceder a los mencionados anexos consulte el siguiente enlace : Bases y anexos

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