Foto: Elena Díaz |
Dª. CARMEN LUISA CASTRO DORTA, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE GÜÍMAR.
HACE SABER:
Ante la proximidad de la celebración de las Fiestas en honor a la Virgen de Nuestra Señora de El Socorro, los días 7 y 8 de Septiembre de 2017, y, en aras al cumplimiento de lo previsto en la legislación sectorial aplicable, sin olvidar el carácter festivo y lúdico de aquélla dentro de unas jornadas marcadas por elementos tradicionales de la cultura canarias y compaginado con el respeto y fervor de los asistentes al acto, esta Alcaldía COMUNICA que,
Para participar en la celebración de las Fiestas en honor a la Virgen de Nuestra Señora de El Socorro 2017, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
CARROZAS.-
Teniendo en cuenta que es costumbre de gran arraigo la asistencia de carrozas engalanadas provistas de equipos de megafonía, todos los vehículos (carrozas, coches engalanados, etc.), deberán estar en posesión de la siguiente documentación y cumplir con las siguientes condiciones:
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
- Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) en vigor.
- Seguro obligatorio del vehículo en vigor.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Carné de conducir del conductor/es responsables del vehículo.
- Extintor de polvo universal de al menos 6 (para fuegos ABC) que cumpla con los preceptos legales para su correcto funcionamiento de período de validez vigente.
- Fotografías del vehículo y del remolque y su enganche, en su caso.
CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Limitación de los vehículos que pueden ser utilizado como carrozas.
Con el fin de unificar el criterio de los vehículos que se usan como carrozas, y atendiendo a las características de la vía y del propio evento, se limita el uso de vehículos que cumplan con las siguientes características:
- Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg que podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg, siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 4250 kg.
- Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil y un remolque superior a 750 kg de m.m.a siempre que:
- La m.m.a. del conjunto no exceda los 4250 kg.
- La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.
Neumáticos.
Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y características previstas por el fabricante en la homologación del vehículo, o sus equivalentes, según lo dispuesto en la reglamentación vigente.
Los neumáticos de los vehículos indicados que participarán en los eventos, deben presentar, durante toda su utilización en las vías públicas, una profundidad en las ranuras principales de la banda de rodamiento que, como mínimo, debe ser de 1,6 mm.
Sistema de frenado.
Todos los vehículos deberán disponer de:
Frenado de servicio: el frenado de servicio debe permitir controlar el movimiento del vehículo y detenerlo de una forma segura, rápida y eficaz, cualesquiera que sean las condiciones de velocidad y de carga y para cualquier pendiente ascendente o descendente en la que el vehículo se encuentre. Su acción debe ser moderable.
Frenado de socorro: el frenado de socorro debe permitir detener el vehículo en una distancia razonable en caso de fallo del freno de servicio. Su acción debe ser moderable.
Frenado de estacionamiento: el frenado de estacionamiento debe permitir mantener el vehículo inmóvil en una pendiente ascendente o descendente, incluso en ausencia del conductor, quedando mantenidos entonces los elementos activos en posición de aprieto por medio de un dispositivo de acción puramente mecánica.
Alumbrado.
Todos los vehículos participantes, deberán llevar en perfecto estado los siguientes sistemas de alumbrado:
- Luz de cruce o de corto alcance.
- Luz de posición delantera.
- Luz de posición trasera.
- Luz de marcha atrás.
- Luz indicadora de dirección.
- Señal de emergencia.
- Luz de frenado.
- Luz de alumbrado interior.
Cabeza tractora.
Todo elemento utilizado como cabeza tractora de remolques, semi-remolques, etc., debe cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
CARROS DE MADERA.-
Se permite la participación, previa autorización, de vehículos artesanales de madera siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
- deberán aportar un certificado o declaración jurada en la que indiquen que conocen el recorrido de la romería y las características de la vía así como que el carro se encuentra en condiciones óptimas para participar y que posee elementos de seguridad que impiden que el mismo circule sin control, asumiendo en todo caso, única y exclusivamente, la responsabilidad que se pueda derivar, en caso de incidente con el carro.
PUESTOS, QUIOSCOS Y AUTOBARES.-
Todos los interesados en obtener autorización para la instalación de puestos, quioscos y autobares con motivo de la celebración de las Fiestas en honor a la Virgen de el Socorro del presente año en curso deberán aportar la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia del carné de manipulador de alimentos cuando se trate de establecimientos dedicados a dicha actividad.
- Fotocopia del seguro de responsabilidad civil, a los quioscos y autobares y los puestos que conlleven algún tipo de instalación similar.
Para los quioscos y autobares con instalación de gas, además:
- Certificado de instalación de gas y de puesta en marcha de aparatos de gas.
- Extintor de período de validez vigente.
TODOS AQUELLOS SUPUESTOS NO RECOGIDOS EN ESTE BANDO SE SOMETERÁ A ESTUDIO INDIVIDUAL, PARA DETERMINAR SU POSIBLE AUTORIZACIÓN.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.-
El plazo para presentación de instancias para la solicitud tanto de instalación de puestos y quioscos en la vía pública, como para la obtención de licencias para carrozas y vehículos engalanados, será desde el día 17 de julio hasta el 7 de agosto de 2017, ambos inclusive, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Güímar, debiendo los interesados aportar esta documentación en el momento de presentar la instancia.
ADJUDICACIÓN.
Si se presentasen más solicitudes que puestos ofertados, se hará mediante sorteo que se celebrará el jueves 10 de agosto de 2017 a las 12:00 horas, en el Salón de Actos de la Casa de la Cultura para los quioscos y autobares y para los puestos el viernes día 11 de agosto a la misma hora y lugar.
Es obligado que los solicitantes estén presentes en el sorteo, de lo contrario perderán el derecho a participar.
Se advierte que en caso de detectar algún tipo de fraude en las solicitudes, esta Concejalía podrá suspender el sorteo o retirar aquellas solicitudes en las que se detecten irregularidades.
La Concejalía de Fiestas reservará un quiosco para entidades sin ánimo de lucro o dedicadas a fines sociales que desarrollen su actividad dentro del término municipal de Güímar, efectuándose su asignación por sorteo, en caso de presentarse más de una solicitud.
Asimismo, se solicita la implantación de todo el colectivo vecinal a los efectos de que, en la Romería la música que defina nuestras señales de identidad sea música folclórica canaria, como signo inequívoco de apoyo a nuestras tradiciones, invitando a todos los Güimareros y a quienes nos visiten a no utilizar otros estilos musicales ajenos al acervo que nos legaron nuestros antepasados y que debemos proteger desde las instituciones públicas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
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